¿TE AYUDAMOS Y HABLAMOS DEL RUIDO?

Guipúzkoa

REFS. LOCALIDAD NÚMERO TIPO DE RUIDO FASE DE TRAMITACIÓN
SSAG181 Donostia 1 Obras Actuación en estudio
SSMY161 Guipúzcoa 1 Industrial  Denuncia o actuación administrativa 
SSNO182  Pasai San Pedro  1 Vecinos y comunidades  Actuación en estudio
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Granada

REFS. LOCALIDAD NÚMERO TIPO DE RUIDO FASE DE TRAMITACIÓN
GRJL143 La Herradura 1 Ocio y Actividades Recreativas Denuncia o Actuación Administrativa
GRNO161 Atarfe 1 Ocio y Actividades Recreativas Denuncia o Actuación Administrativa
GRJN145 Granada 1 Actividades comerciales Actuación en estudio
GRJL163 Granada 1 Otros Denuncia o Actuación Administrativa
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Potestad sancionadora delegada para los Ayuntamientos de la Comunidad Valenciana.

LOS AYUNTAMIENTOS DE LA COMUNIDAD VALENCIANA PUEDEN SOLICITAR LA DELEGACION DE LA POTESTAD SANCIONADORA EN CASOS DE INFRACCIONES GRAVES Y MUY GRAVES EN MATERIA DE ESPECTÁCULOS, ACTIVIDADES RECREATIVAS Y ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS.

 

 

Cuando hablamos de la necesaria actividad eficaz frente a las molestias por ruidos muchas veces nos hemos encontrado con la actividad inspectora desarrollada por parte de los Ayuntamientos y una potestad sancionadora limitada, dejando a estos últimos fuera en casos de que las mismas advirtieran hechos que dieran lugar a sanciones graves y muy graves. Esta situación hacía que los expedientes salieran de las oficinas municipales y entraran muchas veces en las dependencias autonómicas dilatándose en la mayoría de los casos su tramitación. Este hecho hace que la eficacia de las medidas de inspección y control llevara a una situación donde la defensa de los afectados por el ruido se tradujera en tramites a muy largo plazo.

No solo las distintas asociaciones de vecinos y afectados, sino algunos Ayuntamientos han venido solicitando la delegación a los Ayuntamientos de la facultad sancionadora para los supuestos de infracciones graves y muy graves y todo ello a fin de agilizar y dar una tramitación más ágil a este tipo de procedimientos.

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ACTIVIDAD MOLESTA POR RUIDOS Y OLORES. Tenencia de animales.

JURISPRUDENCIA DESTACADA ANTE LA MOLESTIA POR RUIDO.

TENENCIA DE ANIMALES. ACTIVIDAD MOLESTA POR RUIDOS Y OLORES.

ART. 7 Ley de Propiedad horizontal. LA ACCION DE CESACIÓN.

Comentario: Sentencia de la Audiencia Provincial de Santander (Sección Segunda) de fecha 18/10/2018

  

Son muchas las consultas que llegan a Abogado del Ruido referidas a las molestias vecinales derivadas de la tenencia de animales en viviendas, ya sean unifamiliares o comunitarias. Como me habéis oído o leído, siempre digo que vivimos en edificios muy altos, pero en viviendas muy juntas. Esta última característica hace que cualquier actividad que realicemos en nuestra vivienda pueda generar molestia a los vecinos.

 

 

 

» Vivimos en edificios muy altos, pero en viviendas muy juntas.

 

 

Así las cosas, la casuística puede ser innumerable pero el presente comentario va relacionado con la tenencia de animales, las molestias que en muchos casos ello causa a los vecinos y en concreto quiero hablar de la reciente Sentencia de 18 de octubre de 2018 dictada por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Santander por la que se viene a confirmar la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 3 de los de Castro Urdiales.

 

Como ya dejé escrito en otros artículos en  la Ley 49/1960, sobre propiedad horizontal, de 21 de julio, en  el art.7.2 viene a establecer que “Al propietario y al ocupante del piso o local no les están permitido desarrollar en él o en el resto del inmueble actividades prohibidas en los estatutos, que resulten dañosas para la finca o que contravengan las disposiciones generales sobre actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas.”Este artículo, que igualmente articula un procedimiento promovido y gestionado por la Comunidad de Propietarios, viene a establecer lo que denominamos la “acción de cesación”. Esta cesación se refiere a todas aquellas actividades, no solo por molestas, que se relacionan como prohibidas, dañosas, ect.. que se enumeran en dicho artículo.

 

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