¿TE AYUDAMOS Y HABLAMOS DEL RUIDO?

Casales y cuartelillos

Sentencia. Audiencia Provincial. Año 2012

Jurisdicción: Civil

Comentario:

La presente sentencia resuelve el recurso presentado frente a una Sentencia desestimatoria de la demanda presentada por una Comunidad de Propietarios y que acciona contra una Peña o Asociación Cultural por la utilización de dos locales unidos en los bajos de la finca y cuyo acceso se realiza por el zaguán del edificio realizando actividad de bar y utilizando una zona de patio como terraza.

En el procedimiento y para la Audiencia ha quedado acreditadas las molestias y los requisitos exigidos para el buen fin de la acción de cesación ejercitada por al Comunidad de Propietarios, sin que tengan autorización para dichos usos y habiendo sido requerido dicho establecimiento para la corrección de las deficiencias de insonorización y con afluencia de una gran cantidad de personas generando ruido. Así concluye que “Resulta probado que la actividad que se desarrolla en los citados locales produce molestias a los vecinos que las han venido soportando desde hace muchos años.”

En esta sentencia se resuelve la obligación de no uso de dicho local, por dicha Asociación cultural como restaurante o bar; no utilización del zaguán, terraza… y “..privación del uso del local por tiempo de un año atendiendo a las molestias causadas durante largo período de tiempo a la comunidad de propietarios.”

2012©Abogado del Ruido El presente comentario es informativo y de opinión, careciendo de valor jurídico

Compartir en RRSS

"En el nivel de ruido que nos molesta, influye sobre todo el nivel de conciencia que frente al mismo tiene quien lo genera".