Sentencia. Audiencia Provincial. Año 2012
Jurisdicción: Civil
Comentario:
La presente sentencia resuelve el recurso presentado frente a una Sentencia desestimatoria de la demanda presentada por una Comunidad de Propietarios y que acciona contra una Peña o Asociación Cultural por la utilización de dos locales unidos en los bajos de la finca y cuyo acceso se realiza por el zaguán del edificio realizando actividad de bar y utilizando una zona de patio como terraza.
En el procedimiento y para la Audiencia ha quedado acreditadas las molestias y los requisitos exigidos para el buen fin de la acción de cesación ejercitada por al Comunidad de Propietarios, sin que tengan autorización para dichos usos y habiendo sido requerido dicho establecimiento para la corrección de las deficiencias de insonorización y con afluencia de una gran cantidad de personas generando ruido. Así concluye que “Resulta probado que la actividad que se desarrolla en los citados locales produce molestias a los vecinos que las han venido soportando desde hace muchos años.”
En esta sentencia se resuelve la obligación de no uso de dicho local, por dicha Asociación cultural como restaurante o bar; no utilización del zaguán, terraza… y “..privación del uso del local por tiempo de un año atendiendo a las molestias causadas durante largo período de tiempo a la comunidad de propietarios.”
2012©Abogado del Ruido El presente comentario es informativo y de opinión, careciendo de valor jurídico