¿TE AYUDAMOS Y HABLAMOS DEL RUIDO?

El Ruido y el oído

Raquel L.Petisme
Audióloga Clínica, Perito Judicial en Audiología Protésica y Técnico Superior en Salud Ambiental.

El oído es uno de los sentidos más importantes del ser humano, además de ser el único sentido que estando en “buen estado” permanece alerta las 24 horas del día.

Consta de tres partes:

  • Oído externo.                                                                                                           
  • Oído medio.
  • Oído interno.

Elevados niveles de presión sonora en el entorno laboral están considerados como un importante contaminante acústico que puede lesionar las células ciliadas que se encuentran en el oído interno y cuya función es la de convertir el sonido en una señal eléctrica que pueda interpretar el cerebro.

Cuando estas células se dañan el individuo puede sufrir una disminución en su capacidad de audición que en audiología llamamos “Hipoacusia neurosensorial” y, en muchas ocasiones, vienen acompañados de acúfenos (ruidos en los oídos o en la cabeza que el paciente oye pero que no proviene de una fuente sonora externa).

En el estudio audiológico suele aparecer una caída en 4000 Hz (escotoma) característico de una “Hipoacusia inducida por ruido”.

Evolución del trauma acústico inducido por ruido.

Estadio I: caída de la frecuencia 4000Hz, pero con una recuperación en las frecuencias vecinas.

Estadio II: se va ampliando el escotoma, dando como resultado esta imagen de cubeta-traumática. Se suele dar cuando el trabajador lleva años de exposición al ruido en el entorno laboral.

Estadio III: la caída en frecuencias agudas se hace más que evidente y provocará que arrastre a las frecuencias medias posteriormente.

Estadio IV: al incrementarse más el trauma acústico se produce una pérdida auditiva en las frecuencias medias (500 a 1500 Hz) impidiendo que la persona pueda entender una conversación, ya que habrá perdido audición en la zona conversacional.

El Real Decreto 286/2006 de 10 de marzo es el encargado de fijar las medidas mínimas que se deben adoptar en el trabajo para la adecuada protección de los trabajadores, dónde se informa claramente que:

“En ningún caso el trabajador deberá superar los valores límites de exposición 87 dB(A) de nivel diario”

La protección es fundamental para prevenir futuros problemas auditivos como los acúfenos (presencia de ruidos en los oídos que no provienen de una fuente sonora externa), hiperacusia (sensibilidad extrema a los sonidos cotidianos), trauma acústico (lesión del oído interno debido a la exposición de un fuerte ruido).

Pero es importante indicar que la protección debe usarse durante toda la jornada laboral, ya que la protección se pierde si se retiran los tapones auditivos durante un tiempo.

Por ello, como audióloga recomiendo siempre a las industrias y empresas que asesoro el uso de tapones anti-ruidos a medida con filtro atenuador.

Un tapón de goma espuma no sólo no protege como debería, sino que el trabajador no lo soporta durante 8 horas continuadas, ya que ejercen una presión sobre el conducto auditivo externo al intentar volver a su forma original, además impiden que los trabajadores puedan entender una conversación o que escuchen bien las señales de alarma.

Con los tapones anti-ruidos a medida con filtro atenuador conseguimos que el trabajador los utilice durante toda su jornada laboral, ya que al estar fabricados a la medida de su conducto en ningún caso le molestará. Además, podrá mantener una conversación con sus compañeros o escuchar las pautas de sus superiores con nitidez, sin necesidad de quitárselos, al igual que oirán las señales de alarma.

Para finalizar me gustaría recordar lo que dice “La Ley de Prevención de Riesgos Laborales y el Decreto 286/2006” sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición al ruido:

El empresario deberá velar por la seguridad y salud de los trabajadores, estando obligados a:

  • Proteger a los trabajadores/as frente al riesgo de ruido.
  • Reducir el nivel sonoro al más bajo técnicamente posible.
  • Evaluar periódicamente la exposición de los trabajadores al ruido.
  • Proporcionar los equipos de protección individual.
  • Formar e informar a los trabajadores/as acerca de los riesgos derivados de la exposición al ruido.
  • Acondicionar acústicamente los centros de trabajo.
  • Establecer un programa de medidas técnicas en caso de que el nivel diario equivalente y el nivel de pico sean superiores a 85 dB(A) y a 137dB(C) respectivamente.
  • Llevar a cabo controles médicos periódicos de los trabajadores/as expuestos a ruidos, aplicando el protocolo de vigilancia sanitaria específica de ruido del Ministerio de Sanidad.
  • Determinar el protector auditivo adecuado, de manera que el trabajador nunca se encuentre expuesto a niveles de ruido superiores a 87 dB y a 140dB de pico.
  • Se utilizarán mientras se ejecuta el programa de medidas técnicas organizativas encaminadas a eliminar o reducir el ruido.

Y para acabar, dejo varias preguntas al aire….

¿Se están cumpliendo estos requisitos en entornos laborales ruidosos en cuanto a equipos de protección auditivos?

¿Deberían estar obligados los empresarios a proporcionar tapones a medida a cada trabajador expuesto a ruidos?

¿ Por qué las gafas de seguridad están fabricadas a la medida del trabajador (graduadas) y los tapones anti-ruidos no?Realizas revisiones visuales anuales, ¿y de audición?



* Este artículo ha sido realizado para su inclusión en “Salud Acústica” y como colaboración con © 2021.

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"En el nivel de ruido que nos molesta, influye sobre todo el nivel de conciencia que frente al mismo tiene quien lo genera".

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