¿TE AYUDAMOS Y HABLAMOS DEL RUIDO?

Retrasos en la Administración de Justicia. Comentario al Informe 2018 del Defensor del Pueblo. Actividades y actuaciones llevadas a cabo a lo largo del 2018

Hace pocos días, el 11 de junio, por parte del Defensor del Pueblo se publicó el «Informe anualidad 2018: Actividades y actuaciones llevadas a cabo a lo largo del año 2018.» Dicho informe consta de dos volúmenes, 5 anexos y una separata.

Del extenso balance general que presenta esta Institución al Congreso de los Diputados y al Senado, en cumplimiento del mandato constitucional, me voy a centrar en una materia que ha pasado desapercibida pero que entiendo de vital importancia ya que relaciona la defensa jurídica, la necesaria respuesta eficaz de las Administraciones ante la problemática que suscita el ruido y el camino para exigirla.

Es un tema que preocupa a la ciudadanía en general y que está siendo objeto de una reivindicación constante. Estamos hablando de los Retrasos en la Administración de Justicia.

A los solos efectos de realizar un breve comentario sobre el contenido de dicho informe, vemos como el Defensor del Pueblo comienza hablando de la “excesiva judicialización de la vida cotidiana”. En este punto comparto el adjetivo que se utiliza. En muchas ocasiones para la exigencia del cumplimiento de la ley la vía elegida es la judicial. Siempre he elegido la palabra “amparo” para denominar el motivo de la inclusión de un asunto en el Juzgado. En muchas ocasiones la pertinencia de la vía judicial es más que evidente y no solo, introduciendo mayor importancia a este motivo, por la elección tomada por parte de los ciudadanos sino por los motivos cada vez más claros que hacen que estos soliciten el amparo de los Juzgados y Tribunales para la defensa de sus intereses.

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Acuerdo de colaboración Abogado del Ruido y EDITORIAL SEPÍN

     Abogado del Ruido se complace en anunciar el acuerdo de colaboración alcanzado con la Editorial Jurídica Sepín. Esta colaboración hará posible que los libros de Editorial Sepín se muestren en la Biblioteca de Acústica, Sonido y Ruido en la  que aparecen obras de distintas editoriales, universidades así como de organismos púbicos y privados.

      Con esta colaboración se incrementa y facilita el conocimiento del mundo de la acústica y la defensa jurídica frente la molestia por ruido. Así, Abogado del Ruido quiere agradecer la colaboración que hoy comienza y dar la bienvenida a Editorial Sepín.

                                

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Ya puedes conseguir las MOCHILAS DE DECI Y BELIA.

D. Antonio García, Director de Abogado del Ruido, es el autor de la colección de cuentos DECI y BELIA editada por el Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente.

Sus relatos vienen a mostrar situaciones ruidosas vividas por sus personajes, dejando la moraleja frente a su molestia. Educando e informando del ruido conseguimos que el ruido se modere y vivamos rodeados de una ambiente acústicamente saludable.

                                         

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Potestad sancionadora delegada para los Ayuntamientos de la Comunidad Valenciana.

LOS AYUNTAMIENTOS DE LA COMUNIDAD VALENCIANA PUEDEN SOLICITAR LA DELEGACION DE LA POTESTAD SANCIONADORA EN CASOS DE INFRACCIONES GRAVES Y MUY GRAVES EN MATERIA DE ESPECTÁCULOS, ACTIVIDADES RECREATIVAS Y ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS.

 

 

Cuando hablamos de la necesaria actividad eficaz frente a las molestias por ruidos muchas veces nos hemos encontrado con la actividad inspectora desarrollada por parte de los Ayuntamientos y una potestad sancionadora limitada, dejando a estos últimos fuera en casos de que las mismas advirtieran hechos que dieran lugar a sanciones graves y muy graves. Esta situación hacía que los expedientes salieran de las oficinas municipales y entraran muchas veces en las dependencias autonómicas dilatándose en la mayoría de los casos su tramitación. Este hecho hace que la eficacia de las medidas de inspección y control llevara a una situación donde la defensa de los afectados por el ruido se tradujera en tramites a muy largo plazo.

No solo las distintas asociaciones de vecinos y afectados, sino algunos Ayuntamientos han venido solicitando la delegación a los Ayuntamientos de la facultad sancionadora para los supuestos de infracciones graves y muy graves y todo ello a fin de agilizar y dar una tramitación más ágil a este tipo de procedimientos.

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ACTIVIDAD MOLESTA POR RUIDOS Y OLORES. Tenencia de animales.

JURISPRUDENCIA DESTACADA ANTE LA MOLESTIA POR RUIDO.

TENENCIA DE ANIMALES. ACTIVIDAD MOLESTA POR RUIDOS Y OLORES.

ART. 7 Ley de Propiedad horizontal. LA ACCION DE CESACIÓN.

Comentario: Sentencia de la Audiencia Provincial de Santander (Sección Segunda) de fecha 18/10/2018

  

Son muchas las consultas que llegan a Abogado del Ruido referidas a las molestias vecinales derivadas de la tenencia de animales en viviendas, ya sean unifamiliares o comunitarias. Como me habéis oído o leído, siempre digo que vivimos en edificios muy altos, pero en viviendas muy juntas. Esta última característica hace que cualquier actividad que realicemos en nuestra vivienda pueda generar molestia a los vecinos.

 

 

 

» Vivimos en edificios muy altos, pero en viviendas muy juntas.

 

 

Así las cosas, la casuística puede ser innumerable pero el presente comentario va relacionado con la tenencia de animales, las molestias que en muchos casos ello causa a los vecinos y en concreto quiero hablar de la reciente Sentencia de 18 de octubre de 2018 dictada por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Santander por la que se viene a confirmar la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 3 de los de Castro Urdiales.

 

Como ya dejé escrito en otros artículos en  la Ley 49/1960, sobre propiedad horizontal, de 21 de julio, en  el art.7.2 viene a establecer que “Al propietario y al ocupante del piso o local no les están permitido desarrollar en él o en el resto del inmueble actividades prohibidas en los estatutos, que resulten dañosas para la finca o que contravengan las disposiciones generales sobre actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas.”Este artículo, que igualmente articula un procedimiento promovido y gestionado por la Comunidad de Propietarios, viene a establecer lo que denominamos la “acción de cesación”. Esta cesación se refiere a todas aquellas actividades, no solo por molestas, que se relacionan como prohibidas, dañosas, ect.. que se enumeran en dicho artículo.

 

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Campaña #MIMANOAJULEN

Quiero mostrar mi apoyo en estos momentos tan difíciles tanto a la familia de Julen como a todos las personas que colaboran en el recate del pequeño. Los trabajos que se están realizando en Totalán (Málaga) para que Julen vuelva a estar junto a su familia son muy complicados. Desde aquí nuestro apoyo, cercanía y el mayor mensaje de esperanza.

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