¿TE AYUDAMOS Y HABLAMOS DEL RUIDO?

Aparatos de aíre acondicionado

Sentencia. Audiencia Provincial. Año 2012

Jurisdicción: Civil

Comentario:

La Sentencia que mostramos viene a ratificar en todos su extremos la Sentencia dictada por Juzgado de Primera Instancia y en el que el demandante, vecino de un inmueble, solicitaba o suplicaba del Juzgado se estimara su petición de obligar a retirar el compresor del aparato de aire acondicionado instalado por otro vecino en el patio de luces del edificio por causar inmisiones por ruido superiores a las permitidas.

Así, por parte de la Sala se entiende que observando los informes y mediciones acústicas aportadas, se sobrepasa el límite permitido en horas nocturnas, asumiendo con éxito la carga de la prueba la actota, que ha acreditado la superación de los niveles y los perjuicios que ello le genera. De esta forma ratifica la condena a la demandada y le ordena a retirar el compresor del aire acondicionado situado en la fachada del patío de luces del edificio.

2012©Abogado del Ruido El presente comentario es informativo y de opinión, careciendo de valor jurídico

Calderas

1ª.- Sentencia. Audiencia Provincial. Año 2009

Jurisdicción: Civil

Comentario:

La presente Sentencia viene a resolver Recurso de Apelación derivado de la Sentencia desestimatoria de la demanda presentada por un vecino solicitando la cesación o supresión del ruido generado por la actividad de la caldera de otro de los vecinos de la comunidad.

La Audiencia entiende que “la procedencia del ruido está acreditada pues es obvio que la caldera de calefacción de la parte demandada es el origen del problema sufrido por el demandante en su vivienda que soporta un nivel de ruido excesivo e intolerable tal como se justifica con las mediciones efectuadas…”

Así argumenta que estamos en el ámbito de “..las relaciones de vecindad, las cuales en su sentido más amplio imponen límites al uso o goce de los bienes y de las facultades del dominio con objeto de armonizar su correcto disfrute sin impedimento para los demás de las mismas facultades, impidiendo la persistencia del daño ilícitamente inferido…”

Termina fallando en el sentido de estimar el recurso y ordenar el cese inmediato de los ruidos procedentes de la calefacción de la vivienda del demandado.

2012©Abogado del Ruido El presente comentario es informativo y de opinión, careciendo de valor jurídico

Casales y cuartelillos

Sentencia. Audiencia Provincial. Año 2012

Jurisdicción: Civil

Comentario:

La presente sentencia resuelve el recurso presentado frente a una Sentencia desestimatoria de la demanda presentada por una Comunidad de Propietarios y que acciona contra una Peña o Asociación Cultural por la utilización de dos locales unidos en los bajos de la finca y cuyo acceso se realiza por el zaguán del edificio realizando actividad de bar y utilizando una zona de patio como terraza.

En el procedimiento y para la Audiencia ha quedado acreditadas las molestias y los requisitos exigidos para el buen fin de la acción de cesación ejercitada por al Comunidad de Propietarios, sin que tengan autorización para dichos usos y habiendo sido requerido dicho establecimiento para la corrección de las deficiencias de insonorización y con afluencia de una gran cantidad de personas generando ruido. Así concluye que “Resulta probado que la actividad que se desarrolla en los citados locales produce molestias a los vecinos que las han venido soportando desde hace muchos años.”

En esta sentencia se resuelve la obligación de no uso de dicho local, por dicha Asociación cultural como restaurante o bar; no utilización del zaguán, terraza… y “..privación del uso del local por tiempo de un año atendiendo a las molestias causadas durante largo período de tiempo a la comunidad de propietarios.”

2012©Abogado del Ruido El presente comentario es informativo y de opinión, careciendo de valor jurídico

Chiringuitos

Sentencia . Tribunal Superior de Justicia. Año 2007

Jurisdicción: Contenciosa-Administrativa

Comentario:

Por medio de esta Resolución se resuelve el procedimiento instado por Demanda de varios vecinos frente al Ayuntamiento o Administración Local por responsabilidad patrimonial derivada de la autorización e instalación durante el periodo estival, en la playa y frente a sus viviendas, de un chiringito que funcionaba como bar con ambientación musical.

Tras la enumeración de los días, horas y actuaciones de denuncia o queja por parte de los vecinos donde evidencian las molestias, el Tribunal concluye que “..al desarrollarse en el chiringuito una actividad con equipo de música, en la concesión de autorización de funcionamiento efectuada por el Ayuntamiento demandado debió cumplirse con lo exigido por la Ordenanza.. “ e imputa al la inactividad municipal de control “..la causación de aquéllas” y por ende concluye imponiendo una indemnización a favor de cada uno de los recurrentes.

2012©Abogado del Ruido El presente comentario es informativo y de opinión, careciendo de valor jurídico

Código del Ruido

Descripción física: 2 tomos en papel; Tomo I: 604 pág.; Tomo II: 512 pág.

En la legislación española, el mandato constitucional de proteger la salud (artº 43 de la Constitución) y el medio ambiente (artº 45 de la Constitución) engloban en su alcance la protección contra la contaminación acústica. La utilidad de la codificación de la legislación sobre la contaminación acústica, caracterizada por su diversidad, complejidad, por su dispersión normativa, por su localización y por sus continuos cambios, resulta evidente, puesto que reunirla y sistematizarla en un Código Electrónico del BOE, que puede actualizarse automáticamente, facilita su conocimiento, mitiga los inconvenientes de la dispersión normativa y garantiza su permanente actualización, reforzando la seguridad jurídica y la transparencia de este sector normativo.

El Código del Ruido es una compilación permanentemente actualizada de las principales normas estatales y autonómicas vigentes relativas a la contaminación acústica. La obra presenta la normativa actualizada de aplicación general en dos grandes epígrafes. El primer epígrafe se dedica a las normas estatales con rango de ley encabezados por los preceptos constitucionales más relacionados con la materia del Código y por la ley 37/2003, de 17 de noviembre, del ruido, que es la ley cabecera de este grupo normativo. En el segundo epígrafe se recogen las normas autonómicas más relevantes y con rango de ley publicadas en el BOE.

Con relación a la normativa no consolidada, y que por tanto no se beneficia de la actualización automática que ofrece la colección de Códigos Electrónicos del BOE, ésta se relaciona en un anexo que viene incluido en la nota de autor mediante un listado de normas estatales, europeas y autonómicas, agrupadas en tres apéndices informativos (1, 3 y 4), presentados con la misma estructura del Código y acompañados de diferentes enlaces (link) que facilitan al lector la localización del texto íntegro de la norma interesada.

La obra se puede descargar gratuitamente en los formatos electrónicos PDF y ePUB, a través de la página web del BOE Códigos Electrónicos del BOE.

Los Códigos electrónicos también se pueden comprar en soporte papel en La Tienda del BOE a un precio inferior de lo que costaría una impresión doméstica. El Código del Ruido se presenta encuadernado en 2 tomos en formato de 240 mm x 165 mm, a un precio de 46 € (iva incluido).

Los Códigos electrónicos se complementan con un sistema de alertas de actualización cuya suscripción se puede realizar a través de los servicios de BOE a la carta.

Código Técnico de la Edificación

En esta 4ª edición, la presente obra ofrece el Código Técnico de la Edificación, aprobado por Real Decreto 314/2006, de 17 marzo, actualizado conforme a las modificaciones llevadas a cabo por el Real Decreto 1371/2007, de 19 octubre, de la Orden VIV/984/2009, de 15 de abril, del Real Decreto 173/2010, de 19 de febrero, del Real Decreto 410/2010, de 31 de marzo y muy especialmente de la Ley 8/2013, de 26 de junio, de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas.

Contaminación acústica y ruido

El ruido ambiental es un problema importante en la salud y la calidad de vida de los ciudadanos y empieza a existir una mayor concienciación sobre la contaminación acústica. Se pueden encontrar cada vez más estudios que lo analizan y demuestran una clara relación entre altos niveles de ruido y el aumento de enfermedades en la población. Al mismo tiempo se ha ido avanzando en su legislación, impulsado principalmente por organizaciones internacionales como la Organización Mundial de la Salud (OMS) y la Unión Europea (UE). Sin embargo, aún existe una clara falta de atención por parte del sector político y las administraciones responsables de establecer medidas para su control y reducción.

De hecho, la OMS considera que el ruido es la primera molestia ambiental en los países desarrollados, siendo España uno de los países más ruidosos en todo el mundo.

Contaminación Sonora y Derechos Humanos

Estamos frente a uno de los trabajos de investigación de la Defensoría del Vecino de Montevideo, que tienen como finalidad conocer más sobre algunas problemáticas montevideanas que afectan derechos ciudadanos, y generar insumos para el diseño de propuestas que incidan favorablemente en el estado de situación de cada uno de los temas para que las políticas públicas sean la verdadera fuente de garantías de los vecinos y vecinas de Montevideo. En este sentido la Defensoría del Vecino de Montevideo, ha invertido tiempo y recursos de cooperación internacional y aportes nacionales para construir propuestas de políticas públicas con enfoque de derechos humanos, pues ahí radica un aspecto importante de las competencias de una institución ombudsman, que observa el escenario de las políticas públicas y en diálogo permanente, tanto con los ciudadanos como con los actores del Estado, identifica las disfuncionalidades que se configuran en vulneraciones de derechos y en incumplimiento de las responsabilidades del Estado, por acción o por omisión.