¿TE AYUDAMOS Y HABLAMOS DEL RUIDO?

Horarios

Sentencia. Tribunal Superior de Justicia. Año 2000

Jurisdicción: Contencioso-Administrativo

Comentario:

La presente Resolución se concreta en la Solicitud cautelar efectuada por una Asociación de Vecinos en cuanto a la suspensión de un Decreto del Ayuntamiento por el que se ampliaba el horario de los establecimientos de ocio radicados en el ámbito que comprende el barrio.

Por parte de dicha Asociación se muestra el perjuicio que para los vecinos encuadrados en esa Asociación y para el resto de residentes en el espacio físico del territorio municipal que ocupa el barrio genera la ampliación del horario de apertura del extenso número de locales dedicados a la actividad de ocio nocturno (bares, pubs, …) y ello sobre el parámetro de la vigencia actual de notables molestias que tienen su origen en los ruidos procedentes de dichos locales.

Se concreta la existencia de ““35 locales en cinco calles”; artículos en prensa; calificación por parte del Ayuntamiento y en fecha anterior del barrio como el barrio sometido a una importante presión medio-ambiental como consecuencia de el gran número de locales existentes.

Es de destacar que ante las alegaciones del Ayuntamiento el Tribunal establece que “… Frente al derecho al descanso de los vecinos menor valor ha de asignarse al derecho mercantil de los titulares de establecimientos situados en el barrio… y al derecho al ocio de la totalidad de los vecinos.” Estamos ante la prevalencia del derecho al descanso frente a otros como en este caso el Ocio o intereses mercantiles.

Igualmente destacable es la desestimación de las alegaciones esgrimidas por la demandada en cuanto a la dificultad de desalojo de los locales y calles del barrio, así como a la alegación de posibles los accidentes de tráfico que puedan generarse por el traslado a otras ciudades de los usuarios de dichos locales y ello en base a que la Administración local cuenta con competencia y medios para su control y evitación.

Para concluir decir que igualmente no se tiene en cuenta por parte del Tribunal o no se estima de fundamental relevancia la existencia de ampliaciones anteriores, acordando en conclusión suspender el Decreto que concedió ampliación de horario para los locales radicados en el Barrio, sin que se exija caución o aval alguno.

2012©Abogado del Ruido El presente comentario es informativo y de opinión, careciendo de valor jurídico

Industrias y polígonos

Sentencia. Tribunal Supremo. Añó 2007

Jurisdicción: Contencioso Administrativo

Comentario:

Estamos ante una Sentencia que resolviendo el recurso de casación interpuesto contra una demanda desestimatoria por Juzgado de lo Contencioso Administrativo, admite el mismo y ampara a la demandante. Este último, vecino colindante con dos empresas demanda alegando las molestias por ruido que le generan la actividad de dichas empresas, aduciendo vulneración de los Derechos fundamentales recogidos en nuestra Constitución en los artículos 15 y 18.1 y 2 de la Constitución por la inactividad del Ayuntamiento y que se traducía en la tolerancia de una grave y lesiva contaminación acústica.

En los presentes autos queda acreditado que dichas molestias se han venido prolongando en el tiempo así como la existencia de denuncias y escritos de una Asociación de Vecinos que alertaba y solicitaba la toma de medidas para la evitación de los perjuicios. Consta la emisión de informes que evidencian la superación de los niveles de ruido permitidos por la legislación, presentando el demandante cuadro médico con patologías derivadas de la exposición al ruido.

Recogiendo dicha resolución otra sentencias o jurisprudencia refleja que: “Debe merecer la protección dispensada al derecho fundamental a la vida personal y familiar, en el ámbito domiciliario, una exposición prolongada a determinados niveles de ruido que puedan objetivamente calificarse como evitables..:”

Así, concluye fallando a favor de la demandante resolviendo que “..declarando que dicha inactividad, y la tolerancia del Ayuntamiento ante la persistencia de la contaminación acústica derivada de la actividad industrial de las empresas personadas en el proceso de instancia como codemandadas, vulnera los derechos de la recurrente a la vida privada, a la integridad física o moral, a la intimidad personal y familiar y a la inviolabilidad del domicilio…” y obliga al Ayuntamiento a que poniendo en marcha su actividad requieran y obliguen a las empresas a realizar al medidas correctoras necesarias para evitar las molestias por ruidos.

2012©Abogado del Ruido El presente comentario es informativo y de opinión, careciendo de valor jurídico

Ingeniería Acústica

ISBN: 9788428326391

Esta obra va dirigida a estudiantes de Ingeniería, Arquitectura, Ciencias, que deseen conocer los fundamentos de la acústica, así como algunas de sus ramas y campos de aplicación. Este libro está dividido en tres partes, conteniendo 17 temas, pudiendo estudiarse con independencia unos temas de otros, mientras que algunos son la base de temas posteriores.

Innovación para el control del ruido ambiental

La contaminación acústica es uno de los problemas medioambientales que más consecuencias adversas tiene sobre la salud de gran parte de la población de la Unión Europea. Además, se estima que el coste económico que conlleva está entre el 0.2 % y el 2 % del producto interior bruto. Por estas razones la evaluación del ruido ambiental y su control viene siendo una de las cuestiones medioambientales más importantes. Este tipo de ruidos y su control requiere el esfuerzo de profesionales de campos tan diferentes como el de la ingeniería, la ciencia, la arquitectura, el urbanismo, la salud y el derecho.

A lo largo de siete capítulos, escritos por investigadores o expertos en los diferentes campos de la investigación y la tecnología asociada al ruido, cubriendo los aspectos fundamentales del control del ruido ambiental: Legislación y normativa del ruido ambiental, Medida del ruido, Mapas estratégicos de ruido y planes de acción para aglomeraciones, Medidas para la reducción del ruido en aeropuertos, Pavimentos sono-reductores, Barreras acústicas basadas en cristales de sonido y finalmente, protección acústica de la fachada de edificios. Cada capítulo contiene numerosas ilustraciones, tablas y gráficos, resultado de estudios innovadores. Están presentados de forma accesible para todo tipo de lector, incluyendo estudiantes universitarios, investigadores, profesores universitarios y profesionales de campos tan diversos como la ciencia, la ingeniería, la arquitectura, el urbanismo, la salud y el derecho, que tengan interés en los aspectos más innovadores del control del ruido ambiental.

Instalaciones deportivas

Sentencia. Juzgado de lo Contencioso. Año 2016

Jurisdicción. Contenciosa administrativa

Comentario:

El presente pleito se suscita por la interposición de un particular de un recurso contencioso administrativo ante la desestimación presunta por silencio administrativo del recurso de reposición formulado frente el archivo del expediente administrativo abierto a raíz de las quejas por ruido derivadas de las actividades que se desarrollan en las instalaciones deportivas municipales. Igualmente el recurso se presenta ante lo que el recurrente entiende como actuación ilegal por la vía de hecho y la inactividad administrativa a la hora de tomar las medidas correctoras necesarias para evitar la molestia.

Dicha resolución estima acreditado:

  • La realización de actividades deportivas desde las 9 horas hasta las 22 horas.
  • Fuera de dicho horario se utiliza indebidamente las instalaciones.
  • Durante la realización de las actividades se supera o incumplen los niveles sonoros legalmente previstos.
  • La Administración era conocedora de esta situación.
  • No se han adoptado las medidas reales y efectivas para evitar esta superación de niveles de ruido.

Habiendo solicitado se anulará las resoluciones de archivo de los expedientes, la declaración de la actividad en la pista deportiva como incumplidora de la normativa sobre el ruido y de igual forma el cese inmediato de dicha actividad, la sentencia viene a estimar el recurso interpuesto. Así tras declarar que la actividad incumple la normativa, obliga a la Administración a acordar las medidas necesarias de insonorización y aislamiento acústico para evitar las inmisiones por ruido por encima de los límites legales y por último acuerda el cese inmediato de la instalación deportiva hasta tanto en cuanto no se adopten dichas medidas.

2017©Abogado del Ruido El presente comentario es informativo y de opinión, careciendo de valor jurídico

Instrumentos musicales: piano

Sentencia. Tribunal Supremo. Año 2012

Jurisdicción: Civil

Comentario:

La demanda que da inicio al procedimiento judicial y que resuelve en casación esta sentencia, es planteada por un vecino frente a otro solicitando que por el Juzgado se entendiera que los ruidos transmitidos a la vivienda de los demandantes, derivados del funcionamiento del piano de sus vecinos, constituyen una inmisión ilegítima, perjudicial y nociva, entendiendo que los mismos vulneran el derecho fundamental de la intimidad personal familiar en el ámbito del domiciliario. La petición se concretaba en la condena a los demandandos y a su elección, a dejar de tocar el piano o en su caso poner las medidas de insonorización necesaria para evitar tal inmisión por ruido en el domicilio del demandante. Igualmente solicitaba una indemnización por los perjuicios causados.

La presente Sentencia viene a zanjar una contienda judicial que habiendo tendido sentencia estimatoria ante el Juzgado de Primera Instancia, fue anulada por la Audiencia Provincial. Llegada en casación, se resuelve la estimación de la demanda estableciendo en su fallo la condena a los demandados, a su elección, a dejar de tocar el piano o a insonorizar adecuadamente su vivienda en evitación de la transmisión de ruidos a la vivienda del demandante y con condena a la parte demandada de una indemnización por daños.

2012©Abogado del Ruido El presente comentario es informativo y de opinión, careciendo de valor jurídico

La contaminación acústica

Se suele llamar ruido a todo sonido desagradable o no deseado para quien lo escucha, aunque esto siempre dependerá de la sensibilidad de cada persona. Sin embargo a partir de un cierto volumen todas las personas se sienten molestas moletas.

La contaminación acústica en las calles españolas

Durante los últimos años las calles españolas vienen registrando un aumento considerable de decibelios reflejado en las distintas fuentes sonoras: vehículos a motor, actividades de ocio, sirenas, alarmas, trabajos en la vía pública, operaciones de carga y descarga o ladridos de perros. El objeto del presente trabajo es el análisis jurídico del ruido producidoen vías urbanas, para ello no sólo se incide en su marco normativo y jurisprudencia más relevante, sino que se ofrecen medidas correctoras para los distintos focos de emisiónasí como una posible solución al ruido de nuestras calles.